Organismos Públicos a Nivel Nacional Encargados de la
Gestión Ambiental
En Guatemala existen diferentes entidades administrativas con
competencia a nivel nacional encargadas específicamente de la gestión
ambiental, en sus diferentes temas.
La Comisión Nacional del Medio Ambiente, CONAMA, asesora, coordina y
aplica la política nacional ambiental. La CONAMA depende directamente
de la presidencia de la República.
La CONAMA tiene competencia a nivel nacional. Sus funciones y
estructura organizacional básica esta regulada en la Ley de Protección y
Mejoramiento del Medio Ambiente. Se integra con un Coordinador, quien
la preside y un Consejo Técnico Asesor, conformado por 10 miembros, 6
de ellos provenientes del sector público, (Representantes de los
Ministerios de Agricultura, Salud Pública, Educación, Defensa Nacional y
un representante de los Consejos de Desarrollo, etc.) y un
representante de los siguientes sectores: Comité Coordinador de
Asociaciones Agrícolas, Industriales y Financieras, CACIF, Asociación de
Periodistas de Guatemala, Universidad Nacional, y, finalmente, un
representante de las Universidades privadas del país. (Art. 24. Ley de
Protección y Mejoramiento del Medio Ambiente).
El Organismo Ejecutivo, por medio de la Comisión Nacional del Medio
Ambiente, está obligado de velar porque el desarrollo nacional sea
compatible con la necesidad de proteger, conservar y mejorar el medio
ambiente. Los objetivos específicos de la Ley de Protección y
Mejoramiento del Medio Ambiente (Art. 12. Ley de Protección y
Mejoramiento del Medio Ambiente) están orientados a:7
Proteger, conservar y mejorar los recursos naturales del país así como a
prevenir el deterioro y mal uso o destrucción de los mismos y la
restauración del medio ambiente en general.
Prevenir, regular y controlar las causas o actividades que originen
deterioro del medio ambiente y contaminación de los sistemas
ecológicos, y excepcionalmente, la prohibición en casos que afecten la
calidad de vida y el bien común calificados así, previos dictámenes
científicos emitidos por organismos competentes.
Orientar los sistemas educativos, ambientales y culturales, hacia la
formación de recursos humanos calificados en ciencias ambientales y la
educación a todos los niveles para formar una conciencia ecológica en
toda la población.
Diseñar la política ambiental y coadyuvar en la correcta ocupación del
espacio.
Crear toda clase de incentivos y estímulos para fomentar programas e
iniciativas que se encaminen a la protección, mejoramiento y
restauración del medio ambiente.
Propiciar el uso integral y manejo racional de las cuencas y sistemas
hídricos.
Promocionar la tecnología apropiada y aprovechamiento de fuentes
limpias para la obtención de la energía.
Salvar y restaurar aquellos cuerpos de agua que estén amenazados o en
grave peligro de extinción.
En 1989, mediante Decreto 4-89, se emitió la Ley de Áreas Protegidas la
cual creó al Consejo Nacional de Áreas Protegidas, CONAP.
El CONAP depende directamente de la Presidencia de la República y es
el órgano máximo de dirección y coordinación del Sistema Guatemalteco
de Áreas Protegidas, SIGAP. Tiene personalidad jurídica propia y
jurisdicción en todo el territorio nacional, sus costas marítimas y su
espacio aéreo. Sus fines principales se orientan a:
Propiciar y fomentar la conservación y el mejoramiento del patrimonio
natural de Guatemala;
Organizar y dirigir el Sistema Guatemalteco de Áreas Protegidas, SIGAP;8
Planificar, conducir y difundir la Estrategia Nacional de Diversidad
Biológica y los Recursos Naturales Renovables de Guatemala;
Coordinar la administración de los recursos de flora y fauna silvestre y
de la diversidad biológica de la Nación;
Planificar y coordinar la aplicación de las disposiciones en materia de
conservación de la diversidad biológica a partir de los instrumentos
internacionales ratificados por Guatemala.
Construir un fondo nacional para la conservación de la naturaleza.
El Consejo Nacional de Áreas Protegidas, CONAP, consta de un Consejo
y una Secretaría Ejecutiva.(Arts. 64 y 65 Ley de Áreas Protegidas) El
Coordinador de la Comisión Nacional del Medio Ambiente, CONAMA
preside el Consejo (Art. 64 Ley de Áreas Protegidas) y comparte la toma
de decisiones con seis representantes de organizaciones
gubernamentales, municipales y entidades académicas ambientalistas,
así: Centro de Estudios Conservacionistas de la Universidad de San
Carlos de Guatemala; Instituto de Antropología e Historia, IDAEH; un
delegado de las organizaciones no gubernamentales relacionadas con los
recursos naturales y el medio ambiente, registradas en CONAP;
Asociación Nacional de Municipalidades, ANAM; Instituto Guatemalteco
de Turismo, INGUAT; y Ministerio de Agricultura, Ganadería y
Alimentación, MAGA.
La Secretaría Ejecutiva del CONAP, como autoridad administrativa y
ejecutiva (Art. 70 Ley de Áreas Protegidas), tiene facultades diversas,
entre las que resalta: hacer aplicables las políticas, estrategias y
directrices aprobadas por el Consejo y ejecutar las resoluciones y
disposiciones de éste; dirigir las actividades técnicas y administrativas
del Sistema Guatemalteco de Áreas protegidas y del CONAP, así como
desarrollar un sistema de informática del Sistema Guatemalteco de
Áreas Protegidas, sobre biodiversidad y áreas protegidas en Guatemala.
El CONAP cuenta con subsedes en varias regiones del país. La más
importante, es la ubicada en el Departamento de El Petén, que se
encarga directamente de la administración de la Reserva de Biosfera
Maya, el área protegida más grande e importante del país.
Aunque la ley no es explícita al respecto, el CONAP administra áreas
protegidas. En otros casos, suscribe convenios para su manejo con
entes de la sociedad civil organizada o gubernamentales. 9
Adicionalmente, resulta importante señalar que, a nivel de Ministerios de
Estado, existen competencias específicas relacionadas con ambiente y
recursos naturales, así:
A) Ministerio de Agricultura, Ganadería y Alimentación, es la entidad
que formula y ejecuta la política de desarrollo agropecuario,
hidrobiológico y de uso sustentable de los recursos naturales
renovables, contando dentro de su organización con entidades que
trabajan en temas específicos relacionados, como el Instituto
Nacional de Bosques, INAB, la Dirección General de Servicios
Pecuarios y dentro de ella, la Unidad Ejecutora para la Pesca y
Acuicultura así como de singular importancia, la Oficina
Reguladora de Áreas de Reservas Territoriales del Estado, OCRET.
B) Ministerio de Energía y Minas, que formula la política nacional
energética y propone la regulación y supervisión del sistema de
exploración, explotación y comercialización de hidrocarburos y
minerales, funciones que están establecidas en la Ley del
Organismo Ejecutivo, Decreto 114-97 del Congreso de la
República.
C) Ministerio de Salud Pública y Asistencia Social tiene a su cargo lo
relativo a coordinar las acciones tendientes a garantizar la salud
de los habitantes del territorio, ejecutar acciones de saneamiento
básico ambiental, protección de fuentes de agua, especialmente
las destinadas a agua para consumo humano y otros temas
relacionados.
D) Ministerio de la Defensa Nacional, que tiene a su cargo el control
y vigilancia de las áreas protegidas que se encuentren en zonas
fronterizas. (Art. 244 de la Constitución Política de la República de
Guatemala, 1º. De la Ley Constitutiva del Ejército de Guatemala,
Art. 4º. Del Decreto 5-90 del Congreso de la República y Decreto
87-96 del 24 de octubre de 1996) Adicionalmente integra el
Consejo Técnico Asesor de la CONAMA y a través de un
representante de la Zona Militar No. 23 y Comandancia de la Base
Aérea de Santa Elena, Petén, integra el Comité Coordinador de la
Reserva de Biosfera Maya, ubicada en ese departamento.
E) Ministerio de Cultura y Deportes que a través del Instituto de
Antropología e Historia coordina las actividades relativas a la
protección del patrimonio cultural del país.
F) Instituto Nacional de Transformación Agraria, INTA, que tiene
como objetivo primordial cambiar el medio agro-social así como 10
planificar, desarrollar y ejecutar la mejor explotación de las tierras
incultas o deficientemente cultivadas.
La Fiscalía de Delitos contra el ambiente del Ministerio Público, es la
instancia responsable de ejercer la persecución penal y dirigir la
investigación de los delitos de acción pública. Los Juzgados de Primera
Instancia, Narcoactividad y Delitos contra el Ambiente que conocen con
exclusividad de los procesos penales de delitos contra el ambiente.
Es necesario también destacar que como auxiliares de la Fiscalía de
Delitos contra el Ambiente, la Policía Nacional Civil cumple con su
función de control y vigilancia a efecto de conservar el orden público, a
través de la persecución, captura y consignación de los transgresores de
la ley.
Existen otras entidades que, indirectamente, se involucran en la gestión
ambiental como el Instituto Nacional de Turismo, INGUAT.